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Sobre el concepto de traducción jurada
Es una traducción de carácter oficial de un documento, hecha por un intérprete-traductor jurado habilitado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España. La traducción lleva el sello y la firma del traductor jurado.
Las traducciones juradas u oficiales podrán ser utilizadas tanto en España como en cualquier otro país, ante los organismos públicos o privados (administraciones del Estado, dependencias judiciales y policiales, notarías, centros hospitalarios y educativos, consulados, Registros civiles, oficinas de empleo, etc.).
Sobre el intérprete-traductor jurado en España
Un intérprete-traductor jurado es un lingüista experto acreditado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España para traducir documentos oficiales de un idioma extranjero a uno de los idiomas oficiales del país y viceversa. Asimismo, ofrece sus servicios de interpretación jurada para instituciones oficiales a nivel nacional e internacional.
El traductor certifica, mediante su sello y firma, que la traducción-interpretación que ha realizado coincide fiel y completamente con el texto original.
Sobre las traducciones juradas y la legalización de las mismas
Una traducción jurada tiene validez legal en España y fuera del país, siempre y cuando la realice un traductor jurado.
En caso de ser utilizadas en territorio español una traducción es válida únicamente con el sello y la firma del traductor jurado acreditado por el Ministerio español de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Si se utiliza en otro estado es obligatorio hacer legitimaciones adicionales (reconocimiento de firma del traductor y apostilla de la Haya en la traducción) o buscar un traductor jurado en el país de destino (debidamente autorizado por la institución competente de dicho país, como el Ministerio de Justicia en el caso de Rumanía o República de Moldavia).
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